Becas paraNecesidades Especiales
Necesidades Especiales
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Una educación única para un niño único
Necesidades Especiales ayuda a estudiantes diagnósticos que cumplen los requisitos a desarrollarse plenamente, al ofrecer a las familias la flexibilidad necesaria para invertir en los recursos educativos que mejor contribuyan al éxito de sus hijos.
Las familias pueden destinar la beca al pago de la matrícula de colegios privados, a los gastos de educación en el hogar, a terapeutas y especialistas, a material didáctico, a aportaciones a una cuenta de ahorro para la universidad y a otros gastos relacionados con la educación que se aprueben. Esta flexibilidad te permite elegir los servicios que mejor se adapten a las necesidades de tu hijo.
La Beca Family Empowerment Students with Necesidades Especiales FES-UA) tiene un valor medio de 10 000 dólares por estudiante.

¿Cómo Funciona?
El programa Beca Family Empowerment Students with Necesidades Especiales FES-UA) ofrece a las familias la flexibilidad necesaria para personalizar el aprendizajeestudiantesusestudiantea través de una cuenta de ahorro para la educación (ESA).
Una cuenta ESA permite destinar los fondos de la beca a gastos educativos autorizados que respalden las necesidades de aprendizaje individuales estudiante. Las siguientes categorías de artículos y servicios constituyen elegible en el marco de la beca:
- Materiales de Instrucción
- Tutoría para educación a tiempo completo o parcial en una institución de educación postsecundaria elegible o en un programa de aprendizaje aprobado.
- Programa educativo para la educación en el hogar
- En un centro elegible, incluidos los que participan en el Consejo Nacional para los Acuerdos de Reciprocidad en materia de Autorización Estatal (NC-SARA)
- cuotas por exámenes estandarizados, incluyendo la supervisión y la administración de los mismos
- Servicios contratados prestados por una escuela pública o un distrito escolar
- Navegador de Elección de tutoría a tiempo parcial y del Navegador de Elección
Montos de Beca
note: Los importes de las becas los establece anualmente la Asamblea Legislativa de Florida en los presupuestos del estado.
¿Somos Elegibles?
Residentes en Florida con edades comprendidas entre los 3 y los 22 años, o que cursen el 12.º curso, lo que ocurra primero.note estudiantes haber cumplido los 3 años como muy tarde el 31 de diciembre del año en que presenten la solicitud y no deben haber cumplido los 22 años como muy tarde el 1 de septiembre del año en que presenten la solicitud.
Las familias de militares disfrutan de mayor flexibilidad. ¡Descubre más aquí!
A quienes se les haya diagnosticado alguna de las siguientes afecciones:

Cuando esté listo, utilice esta lista de verificación para reunir los documentos que necesitará para completar su solicitud.
Videoteca
Según el Código Administrativo de Florida R. 6A-6.0251, término médico que describe las reacciones alérgicas potencialmente mortales que pueden producirse cuando las personas alérgicas se exponen a alérgenos específicos. La anafilaxia es un conjunto de síntomas que afectan a múltiples sistemas del organismo.
Trastorno del espectro autista. Según la definición del Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales, quinta edición, publicado por la Asociación Americana de Psiquiatría, el diagnóstico de autismo requiere la presencia de déficits persistentes en la comunicación social y la interacción social en múltiples contextos, que se manifiestan mediante todos los siguientes aspectos: déficits en la reciprocidad socioemocional, en los comportamientos comunicativos no verbales utilizados para la interacción social y en el desarrollo, el mantenimiento y la comprensión de las relaciones.
Según el Estatuto de Florida § 393.063(6), un conjunto de síntomas incapacitantes de larga duración que se derivan de daños en el cerebro en desarrollo que pueden producirse antes, durante o después del nacimiento y que provocan la pérdida o el deterioro del control sobre los músculos voluntarios. A efectos de esta definición, la parálisis cerebral no incluye aquellos síntomas o discapacidades que se derivan exclusivamente de un accidente cerebrovascular.
Según el Estatuto de Florida § 393.063(14), un trastorno causado por la presencia de un cromosoma 21 adicional.
Segúnla norma 6A-6.0322 del Código Administrativo de Florida, la presencia tanto de una pérdida auditiva como de una discapacidad visual, o una etiología o un diagnóstico médico que indique una posible pérdida sensorial dual, cuya combinación afecte negativamente al rendimiento educativo estudiante. El término incluye la sordoceguera congénita, la discapacidad visual congénita con pérdida auditiva adquirida, la pérdida auditiva congénita con discapacidad visual adquirida, y la pérdida auditiva y la discapacidad visual adquiridas, incluida la ceguera, tal y como se definen en las Normas6A-6.03013(1)(a) y(b)y6A-6.03014(1)(a), F.A.C. Si estudiante un estudiante elegible tanto elegible la sordera o la hipoacusia como elegible la discapacidad visual como excepcionalidades principales u otras, dicho estudiante ser considerado elegible la discapacidad sensorial dual.
Según el Código Administrativo de Florida R. 6A-6.03016, un estudiante una discapacidad emocional/conductual que presenta respuestas emocionales o conductuales persistentes (que no responden suficientemente a las intervenciones basadas en la evidencia implementadas) y constantes que afectan negativamente al rendimiento en el entorno educativo y que no pueden atribuirse a la edad, la cultura, el género o el origen étnico.
Según el Código Administrativo de Florida R. 6A-6.03013, un estudiante sordo o con dificultades auditivas estudiante tiene una pérdida auditiva, con o sin ayuda, que afecta al procesamiento de la información lingüística y que repercute negativamente en su rendimiento en el entorno educativo. El grado de pérdida puede variar de leve a profundo.
De conformidad con el artículo 393.963(23) del Estatuto de Florida, se considera que un niño es de «alto riesgo» si tiene entre tres (3) y cinco (5) años de edad antes del 1 de septiembre del año escolar una o más de las siguientes características:
- Un retraso en el desarrollo cognitivo, del lenguaje o físico.
- Un niño que sobrevive a una enfermedad infecciosa o traumática catastrófica que se sabe que está asociada con un retraso en el desarrollo cuando se asignan fondos específicamente para ello.
- Un niño con un padre o guardián discapacidades del desarrollo que requiere asistencia para satisfacer las necesidades de desarrollo del niño.
- Un niño que presenta una anomalía física o genética asociada a una discapacidad del desarrollo. Según el Estatuto de Florida 393.063(23), un niño solo puede considerarse de alto riesgo por un retraso en el desarrollo si tiene entre tres (3) y cinco (5) años. Aunque se pueden diagnosticar retrasos en el desarrollo en niños de seis (6) años o más, la definición de «alto riesgo» se limita a la franja de edad de tres a cinco (3-5) años. Los niños de seis (6) años ya no pueden elegible alto riesgo basándose únicamente en un retraso en el desarrollo, y deberán demostrar su elegibilidad en virtud de otra discapacidad contemplada en el Estatuto de Florida 1002.394(2)(e) para seguir participando en el programa. Por ejemplo, un estudiante ser considerado con retraso en el habla hasta los cinco (5) años; a partir de entonces estudiante cumplir los estudiante correspondientes a la discapacidad del habla.
Según el Código Administrativo de Florida R. 6A-6.03020, un estudiante tiene una afección física o psiquiátrica diagnosticada médicamente que es de naturaleza aguda o catastrófica, o una enfermedad crónica, o una enfermedad intermitente repetida debido a un problema médico persistente que confina al estudiante su hogar u hospital y restringe sus actividades durante más de seis meses.
- De conformidad conel artículo 393.063(23) del Estatuto de Florida, un nivel de funcionamiento intelectual general significativamente inferior a la media que coexiste con déficits en el comportamiento adaptativo, que se manifiesta antes de los dieciocho (18) años y del que cabe esperar razonablemente que persista de forma indefinida.
- Segúnel artículo 393.063(23)(a) del Estatuto de Florida, por «comportamiento adaptativo» se entiende la eficacia o el grado en que una persona cumple con los estándares de independencia personal y responsabilidad social que se esperan de su edad, su grupo cultural y su comunidad.
- De conformidad conel artículo 393.063(23)(b) del Estatuto de Florida, por «funcionamiento intelectual general significativamente por debajo de la media» se entiende un rendimiento que se desvía en dos (2) o más desviaciones estándar de la puntuación media obtenida en una prueba de inteligencia estandarizada especificada en la normativa de la agencia.
Según el Código Administrativo de Florida R. 6A-6.030121, las discapacidades del lenguaje son trastornos del lenguaje que interfieren con la comunicación, afectan negativamente el rendimiento y/o el funcionamiento en el entorno de aprendizaje típico estudiantey dan lugar a la necesidad de estudiante especial estudiante . Un trastorno del lenguaje se define como un trastorno en uno o más de los procesos básicos de aprendizaje relacionados con la comprensión o el lenguaje hablado o escrito. Estos incluyen la fonología, la morfología, la sintaxis, la semántica y la pragmática.
El trastorno del lenguaje puede manifestarse en dificultades significativas que afectan a la comprensión auditiva, la expresión oral, la interacción social, la lectura, la escritura o la ortografía. Un trastorno del lenguaje no es principalmente el resultado de factores relacionados con la edad cronológica, el género, la cultura, el origen étnico o un dominio limitado del inglés.
Según la definición del Centro para el Control de Enfermedades, las distrofias musculares son un grupo de enfermedades musculares causadas por mutaciones en los genes de una persona. Con el tiempo, la debilidad muscular disminuye la movilidad, lo que dificulta las tareas cotidianas. Existen muchos tipos de distrofia muscular, cada uno de los cuales afecta a grupos musculares específicos, con signos y síntomas que aparecen a diferentes edades y varían en gravedad.
Según el Código Administrativo de Florida R. 6A-6.030151, una discapacidad ortopédica se refiere a una discapacidad grave del esqueleto, los músculos o el sistema neuromuscular. El término incluye discapacidades que resultan de anomalías congénitas (por ejemplo, incluyendo pero sin limitarse a deformidades esqueléticas o espina bífida) y discapacidades que resultan de otras causas (por ejemplo, incluyendo pero sin limitarse a parálisis cerebral o amputaciones).
Según el Código Administrativo de Florida R. 6A-6.030152, otros problemas de salud significan tener fuerza, vitalidad o estado de alerta limitados, incluyendo un estado de alerta elevado ante los estímulos ambientales, lo que da lugar a un estado de alerta limitado con respecto al entorno educativo, debido a problemas de salud crónicos o agudos. Esto incluye, entre otros, asma, trastorno por déficit de atención o trastorno por déficit de atención con hiperactividad, síndrome de Tourette, diabetes, epilepsia, afecciones cardíacas, hemofilia, intoxicación por plomo, leucemia, nefritis, fiebre reumática, anemia falciforme y lesión cerebral adquirida.
Según el Estatuto de Florida § 393.063(28), un trastorno causado por la pérdida del segmento terminal del brazo largo del cromosoma 22, que se produce cerca del extremo del cromosoma en una ubicación designada como q13.3, y que suele provocar retraso en el desarrollo, discapacidad intelectual, dolicocefalia, hipotonía o ausencia o retraso en el habla.
De conformidad con el artículo 393.063(29) del Código de Florida, una afección hereditaria caracterizada por hipotonía neonatal con retraso del crecimiento, hiperfagia o un impulso excesivo por comer que conduce a la obesidad, normalmente entre los dieciocho (18) y los treinta y seis (36) meses de edad, discapacidad intelectual de leve a moderada, hipogonadismo, baja estatura, dismorfismo facial leve y un comportamiento neurológico característico.
Según la ley de Florida § 1002.394(e), las enfermedades raras que afectan a poblaciones de pacientes de menos de 200 000 personas en los Estados Unidos, según la definición de la Organización Nacional de Enfermedades Raras.
Según el Código Administrativo de Florida R. 6A-6.03018, una discapacidad específica del aprendizaje se define como un trastorno en uno o más de los procesos básicos del aprendizaje relacionados con la comprensión o el uso del lenguaje, hablado o escrito, que puede manifestarse en dificultades significativas que afectan a la capacidad de escuchar, hablar, leer, escribir, deletrear o hacer matemáticas.
Las afecciones asociadas pueden incluir, entre otras, dislexia, discalculia, disgrafía o afasia del desarrollo. Una discapacidad específica del aprendizaje no incluye los problemas de aprendizaje que son principalmente el resultado de una discapacidad visual, auditiva, motora, intelectual o emocional/conductual, un dominio limitado del inglés o factores ambientales, culturales o económicos.
Segúnla norma 6A-6.03012 del Código Administrativo de Florida, las dificultades del habla son trastornos relacionados con los sonidos del habla, la fluidez o la voz que interfieren en la comunicación, afectan negativamente al rendimiento y/o al funcionamiento en el entorno educativo y dan lugar a la necesidad de estudiante especial. El diagnóstico de una dificultad del habla debe ser realizado por un profesional colegiado que figure en la sección«Requisitos para Necesidades Especiales ».
Según el Estatuto de Florida §393.063(41), una persona con un diagnóstico médico de espina bífida quística o mielomeningocele.
Según el Código Administrativo de Florida R. 6A-6.030153, una lesión cerebral traumática es una lesión adquirida en el cerebro causada por una fuerza física externa que provoca una discapacidad funcional total o parcial o un deterioro psicosocial, o ambos, que afecta negativamente al rendimiento educativo. El término se aplica a lesiones craneales leves, moderadas o graves, abiertas o cerradas, que provocan alteraciones en una o más áreas, como la cognición, el lenguaje, la memoria, la atención, el razonamiento, el pensamiento abstracto, el juicio, la resolución de problemas, las capacidades sensoriales, perceptivas y motoras, el comportamiento psicosocial, las funciones físicas, el procesamiento de la información o el habla. El término incluye la anoxia debida a un traumatismo. El término no incluye las lesiones cerebrales congénitas, degenerativas o inducidas por un traumatismo durante el parto.
Cualquier discapacidad visual, independientemente de su importancia o gravedad, que, incluso con corrección, afecte negativamente al rendimiento académico estudiante. El término abarca tanto la visión parcial como la ceguera, incluidos los trastornos oculares, cerebrales y neurológicos, pero no incluye la esotropía (ojos cruzados), la hipermetropía (visión lejana) ni la miopía (visión cercana). El diagnóstico de discapacidad visual debe ser emitido por un profesional colegiado que figure en la sección«Requisitos para Necesidades Especiales ».
Según la definición de la Organización Nacional de Enfermedades Raras, se trata de un trastorno genético raro caracterizado por retrasos en el crecimiento antes y después del nacimiento (retraso del crecimiento prenatal y posnatal), baja estatura, un grado variable de deficiencia mental y rasgos faciales distintivos que suelen acentuarse con la edad.
